Auto Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1201/2011 de 13 de Diciembre de 2011
Auto Social Tribunal Supr...re de 2011

Última revisión
13/12/2011

Auto Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1201/2011 de 13 de Diciembre de 2011

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Orden: Social

Fecha: 13 de Diciembre de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA, JOSE MANUEL

Nº de recurso: 1201/2011

Núm. Cendoj: 28079140012011202914

Núm. Ecli: ES:TS:2011:12584A

Resumen
PENSIÓN DE JUBILACIÓN.- Periodo de carencia.- Pensión en Alemania y doctrina del paréntesis.- Falta de contradicción.-Se declara la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra Sentencia desestimatoria de la Sala de lo Social del TSJ de Galicia, sobre pensión de jubilación.La Sala declara que no puede apreciarse la existencia de contradicción en el caso, por cuanto en la Sentencia recurrida lo que consta es que el actor suscribió convenio especial con la Seguridad Social para emigrantes retornados, por lo que la Sala aplica el primer párrafo del art. 161.1 b) LGSS, que concreta que debe acreditar 15 años de cotización de los cuales al menos 2 deben ser "inmediatamente anteriores al momento del hecho causante", es decir, el actor debe acreditar que al menos dos años estén incluidos entre febrero-1991 y febrero-2006, por cuanto solicitó la pensión el 01-02-2006.Por el contrario, en la Sentencia de contraste, no consta que la actora suscribiera convenio especial, sino que solicitó la pensión de jubilación tras el subsidio por desempleo para mayores de 52 años que percibió sin solución de continuidad respecto del subsidio para emigrantes retornados, lo que lleva a que la Sala aplique el párrafo segundo del art. 161.1 b) LGSS, que concreta que se deben acreditar 15 años de cotización, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 anteriores "a la fecha en que cesó la obligación de cotizar", por lo que tiene en cuenta las cotizaciones efectuadas en Alemania, en aplicación del Reglamento (CEE), 1408/1971.

Voces

Prestación de jubilación

Obligación de cotizar a la Seg. Social

Emigrante retornado

Años acreditados de cotización

Desempleo

Período de carencia

Situación asimilada alta Seguridad Social

Convenio especial con la Seguridad Social

Situación legal de desempleo

Solución de continuidad

Subsidio por desempleo

Inadmision del recurso de casación