Jurisprudencia sobre Condiciones de trabajo.
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Voces
Convenio colectivo
Condiciones de trabajo
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Contrato de Trabajo
Sindicatos
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Hernandez Vitoria, Maria Jose
Torres Andres, Juan Miguel
Garcia Alarcon, Maria Virginia
De Oro-pulido Sanz, Jose Ignacio
MODIFICACION SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO COLECTIVAS. Los compromisos de estabilidad en el empleo que tenían los trabajadores incorporados a sus contratos de trabajo, en virtud de unos Acuerdos desde el 2010, no pueden dejarse sin efecto unilateralmente por la empresa, sin acudir al art. 41 del ET. Se confirma la sentencia recurrida. ERICSSON ESPAÑA, SA.
MODIFICACION SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO COLECTIVAS. Los compromisos de estabilidad en el empleo que tenían los trabajadores incorporados a sus contratos de trabajo, en virtud de unos Acuerdos desde el 2010, no pueden dejarse sin efecto unilateralmente por la empresa, sin acudir al art. 41 del ET. Se confirma la sentencia recurrida. ERICSSON ESPAÑA, SA.