Jurisprudencia sobre Contrato de agencia.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Marin Castan, Francisco
Corbal Fernandez, Jesus Eugenio
Ferrandiz Gabriel, Jose Ramon
Sancho Gargallo, Ignacio
Xiol Rios, Juan Antonio
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Petición de decisión prejudicial: Hof van Cassatie - Bélgica. # Convenio de Roma relativo a la ley aplicable a las obligaciones contractuales - Artículos 3 y 7, apartado 2 - Libertad de elección de las partes - Límites - Leyes de policía -Directiva 86/653/CEE - Agentes comerciales independientes - Contratos de venta o compra de mercancías - Resolución del contrato de agencia por parte del empresario - Normativa nacional de transposición que prevé una protección más amplia que la protección mí
Considera la Sala que en cuanto a la indemnización de daños no procede al estar ante un caso de extinción del contrato por muerte y no de resolución por incumplimiento contractual y en cuanto a la clientela, no puede pedirse la aplicación analógica de la Ley del 92 y después manifestar que el art 28 es solamente una pauta a la hora de fijar la indemnización, teniendo en cuenta además, que el contrato duró a penas 2 años y medio y que no pueden computarse dos veces las ventas.
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de A Coruña, sobre reclamación de indemnización. Resuelto el contrato entre las partes, el demandante solicitó ser indemnizado por la clientela aportada a la empresa demandada. El recurso no procede, pues el recurrente no aportó ningún listado donde consten los clientes que ya tenía la empresa cuando comenzó, y cuántos nuevos tiene al resolverse el contrato, ni cuáles eran las
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Betanzos, sobre reclamación de cantidad. El demandado recurre en apelación alegando que el contrato de agencia, en el que se hacía cargo de las insolvencias de los clientes, suscrito con la empresa demandante es nulo por haber sido realizado en fraude de ley. El recurso no procede, pues la responsabilidad que se le exige al recurrente no viene derivada de una insolvencia ca
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Petición de decisión prejudicial: Hof van Cassatie - Bélgica. # Convenio de Roma relativo a la ley aplicable a las obligaciones contractuales - Artículos 3 y 7, apartado 2 - Libertad de elección de las partes - Límites - Leyes de policía -Directiva 86/653/CEE - Agentes comerciales independientes - Contratos de venta o compra de mercancías - Resolución del contrato de agencia por parte del empresario - Normativa nacional de transposición que prevé una protección más amplia que la protección mí
Considera la Sala que en cuanto a la indemnización de daños no procede al estar ante un caso de extinción del contrato por muerte y no de resolución por incumplimiento contractual y en cuanto a la clientela, no puede pedirse la aplicación analógica de la Ley del 92 y después manifestar que el art 28 es solamente una pauta a la hora de fijar la indemnización, teniendo en cuenta además, que el contrato duró a penas 2 años y medio y que no pueden computarse dos veces las ventas.
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de A Coruña, sobre reclamación de indemnización. Resuelto el contrato entre las partes, el demandante solicitó ser indemnizado por la clientela aportada a la empresa demandada. El recurso no procede, pues el recurrente no aportó ningún listado donde consten los clientes que ya tenía la empresa cuando comenzó, y cuántos nuevos tiene al resolverse el contrato, ni cuáles eran las
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Betanzos, sobre reclamación de cantidad. El demandado recurre en apelación alegando que el contrato de agencia, en el que se hacía cargo de las insolvencias de los clientes, suscrito con la empresa demandante es nulo por haber sido realizado en fraude de ley. El recurso no procede, pues la responsabilidad que se le exige al recurrente no viene derivada de una insolvencia ca
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
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