Las empresas no tienen obligación de entregar un registro de compensación por pr... 10 de Enero de 2018
Las empresas no tienen ob...ro de 2018

Última revisión
01/02/2018

Las empresas no tienen obligación de entregar un registro de compensación por prolongación de jornada. Sentencia SOCIAL Nº 3/2018, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 317/2017 de 10 de Enero de 2018

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Orden: Social

Fecha: 10 de Enero de 2018

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: BODAS MARTIN, RICARDO

Nº de sentencia: 3/2018

Nº de recurso: 317/2017

Núm. Cendoj: 28079240012018100003

Núm. Ecli: ES:AN:2018:18

Núm. Roj: SAN 18:2018

Resumen
Pretendiéndose que la empresa entregue a los representantes de los trabajadores las hojas de registro de compensación de las prolongaciones de jornada, firmados por cada trabajador, así como su correlativa prolongación de jornada, todo ello a los efectos de facilitar a la RLT una información adecuada para poder ejercer sus funciones de control de realización de horas extraordinarias que legalmente tiene reconocido, se desestima la excepción de cosa juzgada con la conciliación previa, alcanzada ante la Sala, por cuanto no se trata de las mismas pretensiones, ni tampoco de las mismas causas de pedir. - Se desestima, sin embargo, la demanda, por cuanto no existe norma legal, ni convencional, que obligue a la empresa a llevar dicho registro de compensación de las prolongaciones de jornada.

Voces

Horas extraordinarias

Prejudicialidad

Sindicatos

Sentencia firme

Registro de la jornada laboral

Representación de los trabajadores

Centro de trabajo

Número de horas extraordinarias

Acta de conciliación

Documento público

Cómputo de horas extraordinarias

Seguridad jurídica

Presunción legal

Título jurídico

Litispendencia

Jornada laboral

Cómputo del tiempo de trabajo

Acto de conciliación

Convenio colectivo

Jornada diaria

Excepción de cosa juzgada