Jurisprudencia Militar.
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Derecho a la tutela judicial efectiva
Prueba de cargo
Valoración de la prueba
Medios de prueba
Orden
Militar
Ponente
Calderon Cerezo, Angel
Pignatelli Meca, Fernando
Juliani Hernan, Javier
Calvo Cabello, Jose Luis
Menchen Herreros, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
Tribunal Supremo
Tribunal Militar Central
Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
FALTA MUY GRAVE consistente en "COMETER UN DELITO DOLOSO CONDENADO POR SENTENCIA FIRME ..... QUE CAUSE GRAVE DAÑO A LA ADMINISTRACIÓN O A LOS CIUDADANOS", prevista en el artículo 7.13 de la L.O. 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.- Guardia Civil condenado por un delito del artículo 189.1.b del Código Penal por tenencia y distribución de pornografía infantil.- Co
Delito de acusación y denuncia falsas del artículo 456.1.2º del Código Penal: validez de las pruebas no practicadas en fase de instrucción, pero sí en la vista oral; tutela judicial efectiva; presunción de inocencia; error de hecho y error de derecho.
AUTO DE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO (art. 246.2º de la Ley Procesal Militar).Los hechos no son constitutivos del delito de abuso de autoridad que se denuncia por el soldado recurrente. La conducta investigada carece de la entidad precisa para integrar el delito de abuso de autoridad, en su modalidad de maltrato de obra a un subordinado, previsto en el artículo 46 del Código Penal Militar.En la impugna
FALTA MUY GRAVE consistente en "COMETER UN DELITO DOLOSO CONDENADO POR SENTENCIA FIRME ..... QUE CAUSE GRAVE DAÑO A LA ADMINISTRACIÓN O A LOS CIUDADANOS", prevista en el artículo 7.13 de la L.O. 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.- Guardia Civil condenado por un delito del artículo 189.1.b del Código Penal por tenencia y distribución de pornografía infantil.- Co
Delito de acusación y denuncia falsas del artículo 456.1.2º del Código Penal: validez de las pruebas no practicadas en fase de instrucción, pero sí en la vista oral; tutela judicial efectiva; presunción de inocencia; error de hecho y error de derecho.
AUTO DE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO (art. 246.2º de la Ley Procesal Militar).Los hechos no son constitutivos del delito de abuso de autoridad que se denuncia por el soldado recurrente. La conducta investigada carece de la entidad precisa para integrar el delito de abuso de autoridad, en su modalidad de maltrato de obra a un subordinado, previsto en el artículo 46 del Código Penal Militar.En la impugna