Jurisprudencia sobre Póliza de seguro.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Fernandez-porto Garcia, Rafael Jesus
Gonzalez Floriano, Antonio Maria
Muñiz Diez, Antonio
Arolas Romero, Jose Alfonso
Garcia De Ceca Benito, Paloma Marta
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Teniendo por causa el fallecimiento de su marido cuando practicaba pesca submarina el día 4 de mayo de 1996 en Lorbe-Dexo, Oleiros, (A Coruña), quien estaba asegurado en la referida póliza colectiva, y todo ello por cuanto que el Juzgado de instancia considera que en la póliza de seguros en vigor la nº ..., Los términos del litigio, y del recurso de apelación, se centran en que el asegurado, el marido de la actora no tuvo conocimiento de la ex
Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda en la que se ejercita acción de reclamación de la cantidad de 92.319 pts, relativa al pago de la prima correspondiente al periodo 17-3-97 a 17-3-98, de una póliza de seguro de accidentes personales para colectivos, con fecha de efecto 12,00 horas del día 17 de marzo de 1994, con duración anual prorrogable y forma de pago anual, que se dice concertada por la entidad mercantil demandada y que abonó las primas c
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Teniendo por causa el fallecimiento de su marido cuando practicaba pesca submarina el día 4 de mayo de 1996 en Lorbe-Dexo, Oleiros, (A Coruña), quien estaba asegurado en la referida póliza colectiva, y todo ello por cuanto que el Juzgado de instancia considera que en la póliza de seguros en vigor la nº ..., Los términos del litigio, y del recurso de apelación, se centran en que el asegurado, el marido de la actora no tuvo conocimiento de la ex
Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda en la que se ejercita acción de reclamación de la cantidad de 92.319 pts, relativa al pago de la prima correspondiente al periodo 17-3-97 a 17-3-98, de una póliza de seguro de accidentes personales para colectivos, con fecha de efecto 12,00 horas del día 17 de marzo de 1994, con duración anual prorrogable y forma de pago anual, que se dice concertada por la entidad mercantil demandada y que abonó las primas c
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS