Jurisprudencia por Roca Trias, Encarnacion.
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Voces
Sociedad de responsabilidad limitada
Recurso de amparo
Guarda y custodia
Daños y perjuicios
Sociedad de gananciales
Sentido del fallo
Estima
Desestima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Penal
Ponente
Roca Trias, Encarnacion
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Tribunal
Tribunal Supremo
Tribunal Constitucional
Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Pareja de hecho. División de la comunidad de bienes creada durante la convivencia. Compensaciones: no aplicación de la normativa relativa al régimen económico matrimonial.
Se desestima el recurso de casación presentado contra Sentencia parcialmente estimatoria de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Donostia-San Sebastián, sobre liquidación de bienes de pareja de hecho. La Sala declara que lo pedido en la demanda origen de este recurso se refiere pura y exclusivamente a la acció
DIVORCIO Y MEDIDAS.- División de una casa propiedad del marido, atribuyéndole los bajos y a los hijos la planta, lo que cubre perfectamente sus necesidades de vivienda.-
Se estima el recurso de casación interpuesto contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección 6ª, sobre divorcio y medidas. La Sala, estimando el recurso, declara como doctrina, que cabe la división material de un inmueble en el procedimiento matr
DIVORCIO Y MEDIDAS.- Atribución de la vivienda conyugal en el caso de que sea propiedad de un tercero y los cónyuges que se divorcian tengan en propiedad una vivienda que no ocupan.- Doctrina jurisprudencial que se fija al respecto.-
Se estima el recurso de casación formulado contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 24ª, sobre divorcio y medidas, en relación con la atribución del uso de la vivienda familia
Se estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, sección 10, sobre divorcio y medidas. La Sala declara el interés casacional del caso, ante la jurisprudencia contradictoria de las AAPP en lo relativo al carácter que tras la disolución de la sociedad de gananciales ostenta el crédito hipotecario que grava la vivienda familiar, y formula la siguiente doctrina: El pago de las cuotas correspondientes a la hipoteca contratada por ambos cónyuges
Se desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 24, sobre divorcio y medidas, en cuanto atribuye al esposo el uso de la vivienda conyugal. La Sala declara que cuando el hijo no precisa de la vivienda familiar, por encontrarse satisfechas sus necesidades de habitación a través de otros medios, como ocurre en el caso presente, en que la madre ha adquirido una nueva vivienda que ostenta en copropiedad con la nueva pareja con la que
Se estima el recurso de casación presentado contra sentencia desestimatoria de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 18ª, sobre derecho de la entidad recurrente a poseer la vivienda que le ha sido adjudicada en procedimiento hipotecario. La Sala declara que en el presente litigio, la esposa aceptó la hipoteca constituida por su marido sobre un bien destinado a vivienda habitual; de este modo, el negocio jurídico de disposición es válido y no puede ser anulado, porque en su celebración c
Desahucio por precario instado después de la sentencia de separación, por la copropietaria del piso que ocupa la demandada en virtud de la sentencia, casada con el otro copropietario. Interés casacional por ser contraria la sentencia recurrida a la jurisprudencia de esta Sala y existir jurisprudencia discrepante en las Audiencias Provinciales: no se estima por existir jurisprudencia anterior de esta Sala.
ACCIÓN REIVINDICATORIA. Atribución del uso de una vivienda por el padre propietario al hijo sin cobro de renta.
Derecho de visitas a favor de los abuelos. Interés del menor.
Se reitera doctrina en el aspecto de indicar que las relaciones entre uno de los progenitores con los parientes del otro no deben influir en la concesión del régimen de visitas a favro de éstos, valorando si la causa justificadora de la negativa al reconocimiento del derecho es constitutiva o no de justa causa para eliminar el propio derecho.
Pensión Compensatoria. Desequilibrio o desigualdad económica.
Se establece como doctrina que para determinar la existencia de desequilibrio económico generador de la pensión compensatorio debe tenerse en cuenta básicamente y entre otros parámetros, la dedicación a la familia y la colaboración con las actividades del otro cónyuge, el régimen de bienes a que ha estado sujeto el patrimonio de los cónyuges en tanto que va a compensar determinados desequilibrios y su situa
Pareja de hecho. División de la comunidad de bienes creada durante la convivencia. Compensaciones: no aplicación de la normativa relativa al régimen económico matrimonial.
Se desestima el recurso de casación presentado contra Sentencia parcialmente estimatoria de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Donostia-San Sebastián, sobre liquidación de bienes de pareja de hecho. La Sala declara que lo pedido en la demanda origen de este recurso se refiere pura y exclusivamente a la acció
DIVORCIO Y MEDIDAS.- División de una casa propiedad del marido, atribuyéndole los bajos y a los hijos la planta, lo que cubre perfectamente sus necesidades de vivienda.-
Se estima el recurso de casación interpuesto contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección 6ª, sobre divorcio y medidas. La Sala, estimando el recurso, declara como doctrina, que cabe la división material de un inmueble en el procedimiento matr
DIVORCIO Y MEDIDAS.- Atribución de la vivienda conyugal en el caso de que sea propiedad de un tercero y los cónyuges que se divorcian tengan en propiedad una vivienda que no ocupan.- Doctrina jurisprudencial que se fija al respecto.-
Se estima el recurso de casación formulado contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 24ª, sobre divorcio y medidas, en relación con la atribución del uso de la vivienda familia
Se estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, sección 10, sobre divorcio y medidas. La Sala declara el interés casacional del caso, ante la jurisprudencia contradictoria de las AAPP en lo relativo al carácter que tras la disolución de la sociedad de gananciales ostenta el crédito hipotecario que grava la vivienda familiar, y formula la siguiente doctrina: El pago de las cuotas correspondientes a la hipoteca contratada por ambos cónyuges
Se desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 24, sobre divorcio y medidas, en cuanto atribuye al esposo el uso de la vivienda conyugal. La Sala declara que cuando el hijo no precisa de la vivienda familiar, por encontrarse satisfechas sus necesidades de habitación a través de otros medios, como ocurre en el caso presente, en que la madre ha adquirido una nueva vivienda que ostenta en copropiedad con la nueva pareja con la que
Se estima el recurso de casación presentado contra sentencia desestimatoria de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 18ª, sobre derecho de la entidad recurrente a poseer la vivienda que le ha sido adjudicada en procedimiento hipotecario. La Sala declara que en el presente litigio, la esposa aceptó la hipoteca constituida por su marido sobre un bien destinado a vivienda habitual; de este modo, el negocio jurídico de disposición es válido y no puede ser anulado, porque en su celebración c
Desahucio por precario instado después de la sentencia de separación, por la copropietaria del piso que ocupa la demandada en virtud de la sentencia, casada con el otro copropietario. Interés casacional por ser contraria la sentencia recurrida a la jurisprudencia de esta Sala y existir jurisprudencia discrepante en las Audiencias Provinciales: no se estima por existir jurisprudencia anterior de esta Sala.
ACCIÓN REIVINDICATORIA. Atribución del uso de una vivienda por el padre propietario al hijo sin cobro de renta.
Derecho de visitas a favor de los abuelos. Interés del menor.
Se reitera doctrina en el aspecto de indicar que las relaciones entre uno de los progenitores con los parientes del otro no deben influir en la concesión del régimen de visitas a favro de éstos, valorando si la causa justificadora de la negativa al reconocimiento del derecho es constitutiva o no de justa causa para eliminar el propio derecho.
Pensión Compensatoria. Desequilibrio o desigualdad económica.
Se establece como doctrina que para determinar la existencia de desequilibrio económico generador de la pensión compensatorio debe tenerse en cuenta básicamente y entre otros parámetros, la dedicación a la familia y la colaboración con las actividades del otro cónyuge, el régimen de bienes a que ha estado sujeto el patrimonio de los cónyuges en tanto que va a compensar determinados desequilibrios y su situa