Jurisprudencia por Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa.
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Tesorería General de la Seguridad Social
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Instituto Nacional de la Seguridad Social
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Social
Civil
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Sala especial
Ponente
Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Tribunal
Tribunal Supremo
TSJ Castilla y Leon
Tribunal Militar Central
Falta de audiencia de la empresa responsable en el procedimiento de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad. No determina la nulidad de actuaciones, al no haber provocado indefensión. Reitera doctrina, sentencia de 3-7-07, recurso 3152/06.
Deriva de accidente de trabajo la IT y posterior incapacidad permanente absoluta producida por la hemorragia cerebral sufrida por un trabajador del BBVA, en la pausa de descanso para comer, cuando previamente, durante el tiempo y lugar de trabajo, se había sentido indispuesto, comentándoselo a sus compañeros de trabajo. No excluye la presunción de accidente laboral las dolencias preexistentes, en este caso malformación arterio-venosa.
NAVANTIA SA, Impugnación del IV Convenio Colectivo de empresa por CCOO y CIG. La sentencia de instancia anula el Convenio porque fue negociado por quien carecía de legitimación: El Comité Intercentros. El III Convenio Colectivo de Navantia SA, en el apartado duodécimo, efectúa remisión y, subsiguiente aplicación, de lo dispuesto en el XXI Convenio Colectivo de Bazán, -creación de Comité Intercentros- únicamente respecto a los centros de trabajo de Ferrol, Cartagena y San Fernando y a las Ofic
Falta de audiencia de la empresa responsable en el procedimiento de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad. No determina la nulidad de actuaciones, al no haber provocado indefensión. Reitera doctrina, sentencia de 3-7-07, recurso 3152/06.
Deriva de accidente de trabajo la IT y posterior incapacidad permanente absoluta producida por la hemorragia cerebral sufrida por un trabajador del BBVA, en la pausa de descanso para comer, cuando previamente, durante el tiempo y lugar de trabajo, se había sentido indispuesto, comentándoselo a sus compañeros de trabajo. No excluye la presunción de accidente laboral las dolencias preexistentes, en este caso malformación arterio-venosa.
NAVANTIA SA, Impugnación del IV Convenio Colectivo de empresa por CCOO y CIG. La sentencia de instancia anula el Convenio porque fue negociado por quien carecía de legitimación: El Comité Intercentros. El III Convenio Colectivo de Navantia SA, en el apartado duodécimo, efectúa remisión y, subsiguiente aplicación, de lo dispuesto en el XXI Convenio Colectivo de Bazán, -creación de Comité Intercentros- únicamente respecto a los centros de trabajo de Ferrol, Cartagena y San Fernando y a las Ofic