Sentencia Administrativo Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 6, ... 10 de Enero de 2014
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Última revisión
28/02/2014

Sentencia Administrativo Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 6, Rec 141/2013 de 10 de Enero de 2014

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Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Enero de 2014

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: SALVO TAMBO, MARIA ASUNCION

Nº de recurso: 141/2013

Núm. Cendoj: 28079230062014100008

Núm. Ecli: ES:AN:2014:22

Núm. Roj: SAN 22/2014

Resumen
Impuesto sobre el valor añadido. Modificación de la base imponible derivada de la emisión de facturas rectificativas en los casos de entidades sometidas a concurso de acreedores. Interpretación del límite temporal (un mes) fijado en la ley del impuesto. El límite que la Ley del Impuesto establece para la modificación de la base imponible se fija mediante la remisión a un plazo previsto en la Ley Concursal (un mes), pero no por ello el plazo deja de ser un plazo de un procedimiento tributario, si bien en un contexto concursal, con el efecto inherente, en el presente caso, una vez determinado que la rectificación de la base imponible se hizo en tiempo hábil, de trasladar a favor de la Agencia Tributaria el IVA que contenían las facturas rectificadas.

Voces

Modificación de la base imponible

Impuesto sobre el Valor Añadido

Factura rectificativa

Modificación de la Base Imponible del IVA

Liquidación provisional del impuesto

Cuota del IVA

Procedimientos Tributarios

Voluntad

Balance abreviado

Modelo 564. Impuesto sobre Hidrocarburos

Declaraciones-autoliquidaciones

Período impositivo