Sentencia Administrativo Nº 10595/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid,... 23 de Julio de 2008
Sentencia Administrativo ...io de 2008

Última revisión
23/07/2008

Sentencia Administrativo Nº 10595/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 701/2005 de 23 de Julio de 2008

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Administrativo

Fecha: 23 de Julio de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: ALVAREZ THEURER, CARMEN

Nº de sentencia: 10595/2008

Nº de recurso: 701/2005

Núm. Cendoj: 28079330052008102437

Resumen
Se estima el recurso contencioso administrativo promovido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo contencioso-administrativo, sobre Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La cuestión se contrae a analizar si la Oficina Comercial de Portugal, o de otro Estado extranjero en España, o cualquiera de sus dependencias, están obligadas a retener, en concepto de pago a cuenta, y a ingresar su importe en el Tesoro, las cantidades que procedan sobre las rentas que abonen y resulten sujetas al tributo. Los Estados extranjeros, en cuanto actúen en España, están sometidos plenamente al ordenamiento español, salvo que una norma específica disponga lo contrario. Por ello, están incursos en la obligación de retener, siendo la retención que debe computarse la procedente de acuerdo con lo efectivamente abonado, procediendo al ingreso a la actora de la cantidad que resulte de deducir el importe de la retención correspondiente de las cantidades efectivamente percibidas.

Voces

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Pagos a cuenta

Contraprestación

Liquidación provisional del impuesto

Administración Tributaria del Estado

Nulidad de las resoluciones

Cuota íntegra

Intereses de demora

Establecimiento permanente

Impuesto sobre sociedades

Explotación económica

Obligación de retener

Precedentes administrativos

Misión diplomática

Oficina consular

Intereses devengados

Mala fe