Sentencia Administrativo Nº 1063/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 650/2002 de 24 de Junio de 2004
- Orden: Administrativo
- Fecha: 24 de Junio de 2004
- Tribunal: TSJ Madrid
- Ponente: Canabal Conejos, Francisco Javier
- Núm. Sentencia: 1063/2004
- Núm. Recurso: 650/2002
- Núm. Cendoj: 28079330022004100759
El TSJ declara el derecho de la parte actora recurrente a la inscripción registral de la marca solicitada, pus entre las grafías de las denominaciones confrontadas existen diferencias suficientes, incluso a nivel del total de las mismas, dado que no puede admitirse que la existencia de una palabra en la marca pretendida pueda llevar a tal confusión, si forman parte de otras en un conjunto o tienen añadidos que las hace sustancialmente diferentes, ya que no sólo debe entenderse la marca como la utilización de la palabra citada, dado que a la misma se le añaden otros términos diferentes que otorgan al conjunto una diferenciación sustancial, por lo que no llega a concurrir el posible riesgo de confusión para los consumidores.
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