Sentencia Administrativo Nº 195/2011, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia...7 de Febrero de 2011
Sentencia Administrativo ...ro de 2011

Sentencia Administrativo Nº 195/2011, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 485/2008 de 07 de Febrero de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 07 de Febrero de 2011

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: GUTIERREZ DEL MANZANO, FRANCISCO JOSE

Nº de sentencia: 195/2011

Nº de recurso: 485/2008

Núm. Cendoj: 41091330012011100229

Núm. Ecli: ES:TSJAND:2011:8309

Núm. Roj: STSJ AND 8309/2011

Resumen
Para la aplicación de la deducción por maternidad no es requisito necesario que la actividad desarrollada esté retribuida. Considera que el ejercicio de una actividad puede no implicar la percepción de ingresos, siendo suficiente para aplicar la deducción el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa, es decir: a) ser mujer con hijos menores de tres años, b) realizar una actividad por cuenta propia o ajena y c) estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

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Voces

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Deducción por maternidad

Liquidación provisional del impuesto

Cuota diferencial IRPF

Rendimientos del trabajo

Mínimo por descendientes

Ingresos propios

Unidad familiar

Mala fe