Sentencia Administrativo Nº 222/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, S... 11 de Marzo de 2011
Sentencia Administrativo ...zo de 2011

Última revisión
11/03/2011

Sentencia Administrativo Nº 222/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 889/2007 de 11 de Marzo de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 11 de Marzo de 2011

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: GANDARILLAS MARTOS, MIGUEL DE LOS SANTOS

Nº de sentencia: 222/2011

Nº de recurso: 889/2007

Núm. Cendoj: 28079330052011100073

Resumen
EJECUCIÓN DE SENTENCIA SOBRE UNA SANCIÓN POR EL IVA.- Duplicidad de reclamaciones económico administrativas.- No prescripción del derecho al cobro de la sanción, al haber estado suspendida la ejecución de la sanción.- Se estima en parte el recurso contencioso Administrativo interpuesto contra Resolución del Tribunal Económico administrativo Regional de Madrid, por la que se inadmitía la reclamación económico administrativa interpuesta contra el acuerdo del Jefe de la Oficina Técnica de la de la Dependencia de Inspección de la Delegación Especial de Madrid de A.E.A.T. sobre ejecución de sentencia en relación con sanción por el IVA. La Sala declara que resultó improcedente la Resolución de inadmisión, objeto del presente recurso, puesto que se dicta en una reclamación duplicada o incoada por dos veces con un mismo escrito de interposición, uno remitido por correo, y su copia presentada ante el registro del TEAR. No se trataba por lo tanto de una reiteración, como concluye la Resolución de inadmisión, sino de idéntica pretensión impugnatoria que dio lugar a dos reclamaciones diferentes. Y sobre el fondo del asunto, sostiene el actor que la Administración pudo y debió exigir el pago de la sanción al margen del resultado del procedimiento judicial, puesto que el acuerdo sancionador no estuvo suspendido en sede contencioso administrativa. Sin embargo, en el expediente Administrativo se especifica, concretamente en el acto de ejecución inicialmente cuestionado, que la sanción estaba suspendida. Nada hace pensar que la deuda no hubiera sido suspendida con ocasión de la interposición de las reclamaciones ante los órganos de revisión de la Administración, y el posterior recurso en sede jurisdiccional. Por ello, deben considerarse ajustados a Derecho los actos dictados en ejecución de Sentencia por la Oficina Técnica de Inspección.

Voces

Intereses de demora

Impuesto sobre el Valor Añadido

Actos de ejecución

Condonación

Ejecución de la sentencia

Deuda tributaria

Liquidaciones IVA

Acto administrativo impugnado

Escrito de interposición

Ejecución de sentencia

Acta de conformidad

Acta de conformidad

Inspección tributaria

Error material

Sanciones tributarias

Actos firmes

Cómputo de plazo de prescripción

Ejecución de las sanciones

Fondo del asunto