Sentencia Administrativo Nº 243/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,... 17 de Marzo de 2011
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Sentencia Administrativo Nº 243/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 477/2008 de 17 de Marzo de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 17 de Marzo de 2011

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: CLERIES NERIN, NURIA

Nº de sentencia: 243/2011

Nº de recurso: 477/2008

Núm. Cendoj: 08019330022011100310

Resumen
EXPROPIACIÓN FORZOSA.- En el suplico de la demanda, no se solicita la nulidad del justiprecio que se dice impugnar, ni se impugna de forma expresa el tema relativo a exceso de ocupación.- El premio de afección no procede cuando el justiprecio es por la extinción del arrendamiento, y no por la privación del dominio.- Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por arrendatario contra resolución parcialmente estimatoria del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, sobre impugnación de justiprecio de finca expropiada para instalaciones ferroviarias.La Sala declara que a pesar que en el escrito de interposición del recurso impugna el Acuerdo del Jurado fijando el justiprecio de la expropiación, posteriormente en el Suplico de la demanda no solicita la nulidad del mismo. La recurrente centra el recurso en la impugnación de la resolución de 20.03.2007 que no autoriza el mutuo acuerdo y ordena proseguir el expediente de justiprecio. Por otra parte, cuando se refiere al exceso de ocupación parece impugnar la superficie que fue valorada por el Jurado, pero respecto a este extremo tampoco articula de forma expresa y clara su impugnación, sino más bien, parece ser un argumento más para solicitar la nulidad de la resolución de 20.03.2007. De todas formas, consta en el procedimiento que en cuanto al exceso de ocupación, que sí parece existir, se está tramitando un expediente de responsabilidad patrimonial.Y por último, en cuanto a la expresa petición de que se fije el 5% de premio de afección por la privación de la pista de frontón, se ha de indicar que en este procedimiento se conoce del justiprecio fijado por la extinción del derecho de arrendamiento, y no por la privación del dominio, caso en el que si procedería la cantidad solicitada, más no procede premio de afección cuando lo que se fija indemnización por pérdida de beneficios.

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Voces

Justiprecio por mutuo acuerdo

Justiprecio

Indemnización por expropiación forzosa

Fijación del justiprecio

Proyecto de obras

Justiprecio de la finca

Expediente expropiatorio

Infraestructuras ferroviarias

Daños y perjuicios

Expediente de justiprecio

Premio de afección

Representación procesal

Ocupaciones temporales

Litispendencia

Voluntad unilateral

Jurado de expropiación

Deporte

Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública

Lucro cesante

Intereses de demora

Impugnación del justiprecio

Objeto de la expropiación forzosa

Nulidad de las resoluciones

Expediente de responsabilidad patrimonial

Arrendatario

Extinción del arrendamiento