Sentencia Administrativo Nº 430/2007, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 7227/2004 de 28 de Marzo de 2007
- Orden: Administrativo
- Fecha: 28 de Marzo de 2007
- Tribunal: TSJ Galicia
- Ponente: D Amorin Vieitez, Francisco Javier
- Núm. Sentencia: 430/2007
- Núm. Recurso: 7227/2004
- Núm. Cendoj: 15030330032007100195
- Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2007:1212
Se estima el recurso contencioso-administrativo contra acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia, sobre liquidación de impuesto de sociedades. La Sala revoca las condiciones de la regularización tributaria que había interpretado, erróneamente, la pérdida del beneficio fiscal de exención por reinversión por parte del liquidado, hoy recurrente. Justificaba la Administración tal decisión basándose en que el obligado no reinvirtió sumas en los dos años siguientes al incremento patrimonial que supuso el cobro de parte de un justiprecio en expediente expropiatorio. La Sala aduce que se debió permitir al liquidado optar por el cómputo de dicho plazo de dos años a partir de el momento en que tal incremento quedara efectiva y definitivamente cuantificado, o bien realizar sucesivas imputaciones temporales según recibiera las percepciones del proceso de expropiación. No habiéndose permitido tal opción, deben anularse los acuerdos impugnados.
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