Sentencia Administrativo Nº 480/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias,...e 28 de Mayo de 2004
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 480/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 780/1998 de 28 de Mayo de 2004
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 28 de Mayo de 2004
Tribunal: TSJ Canarias
Ponente: BORRAS MOYA, JAIME
Nº de sentencia: 480/2004
Nº de recurso: 780/1998
Núm. Cendoj: 35016330012004100366
Resumen
Estima el TSJ la alegación de la parte actora, que conforme a lo previsto en el art. 12 Rgto. del IGIC es requisito que fundamenta la exención del impuesto para las entidades o establecimientos de carácter social carecer de finalidad lucrativa, resultando que conforme a lo dispuesto en sus estatutos su objeto social consistirá en la explotación de un Centro de Salud y recreo para impedidos, sin que el lucro anual pueda exceder de una peseta, siendo asimismo relevante que los gestores de la entidad no perciben remuneración económica por su actuación, obteniendo sus recursos la entidad de la Cruz Roja de Oslo y otras subvenciones. En el presente caso, si bien por la administración demandada se indica en su escrito de contestación que la actora es una sociedad anónima y por tanto de carácter mercantil pudiendo distribuir beneficios, lo cierto es que los estatutos sociales ponen como límite del lucro a obtener la cantidad de una peseta, lo cual obviamente equivale a considerar que se trata de una entidad sin ánimo de lucro donde los rectores de la misma no perciben tampoco remuneración alguna por su actividad, de donde debe inferirse que la recurrente reúne las condiciones para tener la consideración pretendida de entidad privada de carácter social y por ende de beneficiarse de la exención del IGIC que ello conlleva.
Voces
Impuesto general indirecto canario
Entidades de carácter social
Prestaciones de servicios de asistencia social
Asistencia a la tercera edad
Exenciones IGIC
Impuesto sobre sociedades
Acto administrativo impugnado
Ánimo de lucro
Jurisdicción contencioso-administrativa
Mala fe
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