Sentencia Administrativo Nº 487/2007, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ... 24 de Abril de 2007
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 487/2007, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 7019/2004 de 24 de Abril de 2007
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 24 de Abril de 2007
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: COSTA PILLADO, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 487/2007
Nº de recurso: 7019/2004
Núm. Cendoj: 15030330032007100018
Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2007:999
Resumen
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución denegatoria del TEAR de Galicia, sobre liquidación por el IVA, en relación al derecho a deducir cuotas soportadas. La Sala declara que una comunidad de bienes existe desde el momento en que la titularidad de un derecho corresponde a varias personas, por lo que, si, como se admite, los bienes adquiridos por la entidad recurrente pertenecían pro indiviso a varias personas, existiendo, por tanto, una comunidad de bienes, y si esos bienes venían siendo explotados de forma unitaria en el mismo régimen de proindiviso, es evidente que la transmisión de los mismos a la entidad recurrente, sin disolución de aquella comunidad y sin la consecuente adjudicación a los comuneros de la concreción de sus cuotas indivisas, se realizó por la comunidad y no por los comuneros, y, en consecuencia, es evidente que el sujeto pasivo del IVA es la propia comunidad, no los comuneros individualmente considerados, de lo que se sigue que no se ha aportado la factura justificativa del derecho a deducir, pues han sido los comuneros y no la comunidad quienes han expedido las facturas aportadas por la entidad recurrente como justificativas de ese derecho a deducir.
Voces
Impuesto sobre el Valor Añadido
Deducciones IVA
I.V.A soportado
Plan general de ordenación urbana
Acta de disconformidad
Actividades económicas
Actividades empresariales
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