Sentencia Administrativo Nº 496/2004, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-...3 de Octubre de 2004
Sentencia Administrativo ...re de 2004

Última revisión
13/10/2004

Sentencia Administrativo Nº 496/2004, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 299/2001 de 13 de Octubre de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 13 de Octubre de 2004

Tribunal: TSJ Castilla-La Mancha

Ponente: MARTINEZ ESPIN, PASCUAL

Nº de sentencia: 496/2004

Nº de recurso: 299/2001

Núm. Cendoj: 02003330022004100457

Resumen
El TSJ desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el recurrente, contra la Resolución desestimatoria de la reclamación económico- administrativa interpuesto frente a la resolución que acordaba derivar al actor la responsabilidad en el pago de las deudas tributarias contraídas por la entidad deportiva en concepto de IVA, y por la comisión de las infracciones tributarias graves, declara ajustado a derecho el acto impugnado ordenando a la Administración que proceda a la revisión de las sanciones impuestas en vía administrativa según lo expuesto en el fundamento jurídico cuarto. Manifiesta la Sala que para que tengan efectividad frente a terceros, en este caso la Hacienda Pública, los ceses de administradores han de figurar inscritos en el Registro correspondiente, pues, de otro modo, resulta imposible a la Administración conocer la identidad de las personas que ostentan la representación orgánica de la entidad, además de ser un mecanismo para evitar fraudes frente a terceros. El art. 7.1 del Decreto 110/1996, de 23 de julio, sobre Registro de las entidades deportivas de Castilla La Mancha señala que las entidades deportivas están obligadas a comunicar cualquier cambio o alteración que se produzca en relación con la composición de sus órganos rectores; en el presente caso, consta en el expediente certificado del Registro de Entidades Deportivas de Castilla La Mancha en el que se recoge que el actor tenía la condición de administrador de la entidad. Todos los documentos que presenta el actor para acreditar su presunta dimisión carecen de eficacia probatoria frente a la Administración dado que se trata de documentos privados.

Voces

Responsabilidad

Infracciones tributarias

Obligaciones tributarias

Derivación de responsabilidad

Deuda tributaria

Documento privado

Acta de conformidad

Impuesto sobre el Valor Añadido

Infracción tributaria grave

Pago de la deuda tributaria

Acta de conformidad

Cuota tributaria

Motocicletas

Error de hecho

Mala fe

Cuota del IVA

Funcionarios públicos

Organismos públicos

Buena fe

Inspección tributaria

Liquidaciones tributarias

Obligado tributario

Subsanación de errores

Error material