Sentencia Administrativo Nº 597/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, S... 09 de Junio de 2011
Sentencia Administrativo ...io de 2011

Última revisión
09/06/2011

Sentencia Administrativo Nº 597/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 499/2010 de 09 de Junio de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 09 de Junio de 2011

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: CANABAL CONEJOS, FRANCISCO JAVIER

Nº de sentencia: 597/2011

Nº de recurso: 499/2010

Núm. Cendoj: 28079330012011100537

Resumen
CONSEJO GENERAL.- Impugnación de proceso electoral.- La falta de comunicación del proceso a ocho colegiados, no constituye defecto suficiente, al no constar su intención de presentación de candidatura alternativa.- Se desestima el recurso contencioso Administrativo interpuesto contra Resolución de la Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, sobre resultado de proceso electoral y proclamación de los elegidos.La Sala declara que si se examina el contenido de la demanda, se observa con meridiana claridad que los recurrentes, y manteniendo la pretensión respecto de aquellos en los que no consta esa comunicación personal, no establecen el alcance que hubiera tenido el proceso electoral si hubieran podido concurrir, ni siquiera si hubieran presentado una candidatura paralela, teniendo en cuenta que la entrante fue la única presentada.En realidad lo importante era determinar si verdaderamente los recurrentes tenían interés de presentar su candidatura, y por tanto, al no notificarles la convocatoria de la elección, se conculcó su Derecho a participar en la vida colegial, y más concretamente el Derecho de participar en régimen de igualdad en tal elección teniendo la oportunidad de presentar su candidatura; pero lo cierto es que no se ha practicado prueba alguna encaminada a demostrar no la intención, si no la realidad de la decicisión clara y firme de la presentación de tal candidatura, y a qué cargos vacantes se iba a presentar la candidatura, por lo que la falta de comunicación personal a ocho colegiados no constituye defecto suficiente a los efectos buscados, lo que determina la desestimación del recurso.

Voces

Colegiado

Colegio de médicos

Cargos públicos

Estatutos colegiales

Indefensión

Acto electoral

Días naturales

Colegios profesionales

Sufragio activo

Funcionarios públicos

Corporaciones de derecho público

Actos propios

Actuación administrativa

Partes del proceso

Nulidad de los actos administrativos

Audiencia del interesado

Dilaciones indebidas

Expropiación especial

Anulación de los actos administrativos

Declaración de nulidad del acto administrativo

Desviación de poder

Acto administrativo impugnado