Sentencia Administrativo Nº 606/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,... 26 de Junio de 2008
Sentencia Administrativo ...io de 2008

Última revisión
26/06/2008

Sentencia Administrativo Nº 606/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 540/2005 de 26 de Junio de 2008

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Administrativo

Fecha: 26 de Junio de 2008

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: MORATO-ARAGONES PAMIES, JORDI

Nº de sentencia: 606/2008

Nº de recurso: 540/2005

Núm. Cendoj: 08019330022008100586

Resumen
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Barcelona, sobre embargo en procedimiento de apremio. La Tesorería no puede ignorar la existencia del domicilio indicado en el expediente, por lo que correspondía a la Administración intentar la notificación en los domicilios que constasen del obligado al pago, máxime cuando del propio expediente resulta que la notificación de la resolución con la que se inicia el mismo tuvo lugar en el domicilio del recurrente. Efectivamente, no concurrían los requisitos objetivos necesarios para considerar una notificación edictal como la practicada, puesto que sí existía un domicilio conocido del recurrente donde poder notificar las resoluciones en materia de reclamación de deuda, como posteriormente se hizo con la diligencia de embargo.

Voces

Procedimiento de apremio

Realización forzosa

Responsabilidad

Embargo de bien inmueble

Reclamación de cantidad

Diligencia de embargo

Requerimiento para el pago

Derecho de defensa