Sentencia Administrativo Nº 666/2011, Tribunal Superior de Justicia de Baleares,...e Septiembre de 2011
Sentencia Administrativo ...re de 2011

Última revisión
25/04/2012

Sentencia Administrativo Nº 666/2011, Tribunal Superior de Justicia de Baleares, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 663/2008 de 27 de Septiembre de 2011

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Administrativo

Fecha: 27 de Septiembre de 2011

Tribunal: TSJ Baleares

Ponente: DELFONT MAZA, PABLO

Nº de sentencia: 666/2011

Nº de recurso: 663/2008

Núm. Cendoj: 07040330012011100704

Núm. Ecli: ES:TSJBAL:2011:1087

Núm. Roj: STSJ BAL 1087/2011

Resumen
Los planes de inspección, que siempre tienen carácter anual, responden a la necesidad, en primer término, de preservar al contribuyente de posibles acciones discriminatorias y, por supuesto, responden igualmente a la necesidad de una actuación ordenada de la Inspección de los Tributos. Esos planes constituyen un programa de actuación a realizar en el ejercicio económico, tienen carácter reservado y no son objeto de publicidad, de modo que ni se requiere que al contribuyente se le notifique la resolución que acuerda su inclusión en un plan de inspección concreto ni cabe tampoco destilar de esa circunstancia experiencia de indefensión alguna ya que, como es natural, el contribuyente va a poder participar en el procedimiento, esto es, en el curso de las actuaciones inspectoras, desde el momento de la notificación regular de su inicio.La inclusión en un plan es un acto de trámite, reservado y confidencial, con lo que ni es recurrible separadamente ni tampoco precisa notificación regular al contribuyente, notificación que si se requiere cuando se trata del acuerdo de inicio de actuaciones inspectoras. Cuando falta un plan preestablecido, como cuando falta orden del Inspector-Jefe o del Administrador Tributario, en definitiva, esa ausencia de todo acto de autorización previa al actuario no supone vicio de nulidad radical ya que, en tanto que la competencia decisoria permanece en manos del Inspector-jefe, de ahí resulta que el acto final de liquidación convalida.

Voces

Impuesto sobre el Valor Añadido

Culpa

Concesiones administrativas

Vicio de nulidad

Procedimiento sancionador

Deuda tributaria

Escritura pública

Desechos y residuos sólidos urbanos

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Intereses de demora

Días hábiles

Inspección tributaria

Transmisiones Patrimoniales Onerosas

Gestión indirecta de un servicio público

Liquidaciones tributarias

Indefensión

Infracciones tributarias

Concesionaria

Residuos

Acta de disconformidad

Obligado tributario

Ejercicio económico

Plazo de prescripción

Derecho de defensa

Sanciones tributarias

Actos de trámite

Dolo

Principio de responsabilidad

Carga de la prueba

Conservación de actos

Sanciones administrativas