Sentencia Administrativo Nº 683/2012, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 341/2010 de 12 de Julio de 2012
- Orden: Administrativo
- Fecha: 12 de Julio de 2012
- Tribunal: TSJ Madrid
- Ponente: De La Peña Elias, Antonia
- Núm. Sentencia: 683/2012
- Núm. Recurso: 341/2010
- Núm. Cendoj: 28079330052012100627
IRPF.- Rendimientos de actividades profesionales.- Gastos deducibles.- Suficiente motivación de la resolución liquidatoria, con expresión de los gastos que no se admiten como deducibles.-
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestiamtoria del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, sobre impugnación de liquidación por el IRPF.
La Sala declara que los gastos no admitidos como deducibles por la Administración, se encuentran suficientemente individualizados en la resolución, con expresión de la causa de su rechazo y en relación a los gastos por importes respectivos de 2.924,29 euros y 2.717,01, relacionados con el uso de automóvbiles, de los que se afirma en la liquidación provisional que existe falta de justificación documental y que no se justifica la relación con la actividad, corresponde a la recurrente en virtud de la carga de la prueba del artículo 105 de la Ley General Tributaria, la justificación de su deducibilidad, por lo que no existe falta de motivación ni motivo de nulidad de pleno derecho, y el recurso debe desestimarse.
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