Sentencia Administrativo Nº 768/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,... 30 de Junio de 2011
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 768/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 458/2008 de 30 de Junio de 2011
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 30 de Junio de 2011
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: GOMEZ RUIZ, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 768/2011
Nº de recurso: 458/2008
Núm. Cendoj: 08019330012011100848
Resumen
SANCIÓN TRIBUTARIA.- Omisión de información sobre una fusión en la memora anual.- Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del TEAR de Catraluña, sobre impugnación de sanción en relación con el Impuesto sobre Sociedades.La Sala declara que el art. 93.1 a) y b) de la Ley del Impuesto sobre sociedades determina la obligación de incluir en la memoria anual la información referida. Esto es una obligación formal, y por lo tanto se ha de efectuar en el documento establecido, y no obsta a ello el que pudiera constar en otros, como los indicados por la demandante. Y, como obligación formal, huelga toda alusión a la ausencia de ánimo defraudatorio. Cuestión distinta es la pertinencia de tal obligación cuando en otros documentos presentados ante la Administración ya constaren aquellos datos pero esto es una cuestión de política legislativa que no exculpa la omisión en los términos que establece el precepto.Y tampoco puede prosperar la alegación de interpretación razonable. No se observa oscuridad en el art. 93 tantas veces citado, ni la demandante argumenta eficazmente esta cuestión, pues la discrepancia entre el actuario y la resolución sancionadora, versa sobre la normativa aplicable a la cuantía de la sanción, y no al tipo infractor.
Voces
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