Sentencia Administrativo Nº 836/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, S... 21 de Junio de 2005
Sentencia Administrativo ...io de 2005

Última revisión
21/06/2005

Sentencia Administrativo Nº 836/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 31/2004 de 21 de Junio de 2005

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Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Junio de 2005

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ, JUAN FRANCISCO

Nº de sentencia: 836/2005

Nº de recurso: 31/2004

Núm. Cendoj: 28079330022005100769

Resumen
El TSJ confirma la sentencia apelada por los recurrente, sobre orden de legalización de obras, con apercibimiento de demolición. Entiende la Sala que la orden de legalización se dicta como consecuencia de la ejecución de una sentencia, siendo, por tanto ineludible ese dictado. Por tanto el plazo para entender caducado el expediente de restauración de la legalidad comienza en la fecha de la orden de legalización (18/12/2002). Desde esta fecha el Ayuntamiento tenía un plazo de 10 meses para notificar la orden de demolición, o al menos para intentar dicha notificación. El decreto que ordena la demolición tiene en fecha 29/4/2003 y se notifica a los recurrentes el 27/2003. Entre la fecha del requerimiento de legalización y la fecha de notificación del decreto que ordena la demolición transcurren cinco meses y cinco días. No se ha rebasado el plazo de 10 meses previsto en la Ley 8/1999, de 9 de abril, y en el art. 195 de la Ley Territorial 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Voces

Legalización

Legalidad urbanística

Caducidad

Disciplina urbanística

Ejecución de sentencia

Potestad sancionadora

Fin de la obra

Vencimiento del plazo

Archivo de actuaciones

Procedimiento sancionador

Infracciones urbanísticas

Actos firmes

Plazo de caducidad

Apercibimiento

Fecha de notificación