Sentencia Administrativo Nº 871/2004, Tribunal Superior de Justicia de Asturias,... 21 de Julio de 2004
Sentencia Administrativo ...io de 2004

Última revisión
21/07/2004

Sentencia Administrativo Nº 871/2004, Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 430/1999 de 21 de Julio de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Julio de 2004

Tribunal: TSJ Asturias

Ponente: ROBLEDO PEÑA, ANTONIO

Nº de sentencia: 871/2004

Nº de recurso: 430/1999

Núm. Cendoj: 33044330022004100826

Resumen
El TSJ desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la recurrente, contra la resolución desestimatoria de la reclamación formulada contra el acuerdo de la Administración de Hacienda, que a su vez desestima la solicitud de la recurrente interesando la rectificación de autoliquidación del I.R.P.F.. Manifiesta la Sala que en la impugnación de liquidaciones derivadas de actas que han sido firmadas de conformidad, recae sobre el obligado tributario la prueba de que los hechos y elementos determinantes de las bases allí consignadas no son ciertos, habiendo incurrido en error de hecho al manifestarlos o aceptarlos como tales, lo cual no supone más que una aplicación del principio general en materia de prueba recogido en el art. 114 de la L.G.T., y es por tanto el recurrente y no la Administración quien debe aportar prueba suficiente que destruya la presunción creada con la conformidad prestada, tal como ha quedado documentada. Por ello el presente recurso no puede prosperar en la medida que la prueba articulada por la actora se revela insuficiente para destruir lo manifestado en actos propios de evidente trascendencia tributaria.

Voces

Error de hecho

Rectificación de la autoliquidación tributaria

Inspección tributaria

Autoliquidaciones por IRPF

Error de derecho

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Obligado tributario

Declaración complementaria del IRPF

Fuerza probatoria

Actos propios