Sentencia Administrativo Nº 871/2012, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, S... 13 de Julio de 2012
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 871/2012, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 1058/2012 de 13 de Julio de 2012
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 13 de Julio de 2012
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: CANABAL CONEJOS, FRANCISCO JAVIER
Nº de sentencia: 871/2012
Nº de recurso: 1058/2012
Núm. Cendoj: 28079330012012100748
Resumen
GUARDIA CIVIL.- Improcedencia de exclusión del recurrente de la prestación del Servicio de Puertas.- Se desestima el recurso contencioso-administrativo promovido contra resolución desestimatoria de solicitud del recurrente, de ser excluido de la prestación del Servicio de Puertas.La Sala declara que el Puesto de la Guardia Civil constituye la Unidad territorial básica para la ejecución de los servicios que el Instituto presta en el cumplimiento de su misión constitucional de protección de los derechos y libertades y garantía de la seguridad ciudadana; se caracteriza por tener estructura variable, unidad de mando y un área territorial concreta de responsabilidad. Pero la norma no exime a priori de la obligación de los destinados en la Plana Mayor a realizar dicho servicio, pues en el recurrente no desempeña funciones de Comandante de Puesto o Jefe de Destacamento, ni tiene asignadas funciones de investigación, y, por otro lado, no concurre el supuesto de estar expresamente excluido por el Jefe de la Zona de acuerdo con las directrices generales que, a tal efecto, dicte el Subdirector General de Operaciones,.De hecho, tal y como se manifiesta en la resolución y que no es contradicho por la parte, la realización por el recurrente de dicho servicio se deriva de la ejecución de una sentencia, que declaró nulas las exenciones en su día establecidas, sin que posteriormente se hayan establecidas otras nuevas. Por lo tanto, procede la íntegra desestimación del presente recurso.
Voces
Ejecución de la sentencia
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