Sentencia Administrativo Nº 872/2004, Tribunal Superior de Justicia de Asturias,... 21 de Julio de 2004
Sentencia Administrativo ...io de 2004

Última revisión
21/07/2004

Sentencia Administrativo Nº 872/2004, Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 618/1999 de 21 de Julio de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Julio de 2004

Tribunal: TSJ Asturias

Ponente: ROBLEDO PEÑA, ANTONIO

Nº de sentencia: 872/2004

Nº de recurso: 618/1999

Núm. Cendoj: 33044330022004100827

Resumen
El TSJ desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el recurrente, contra la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, que desestima la solicitud de abono del componente singular del complemento específico, correspondiente al empleo de teniente. Manifiesta la Sala que el recurrente realizó los servicios propios de brigada y de subteniente hasta la fecha de publicación de la orden que le promovió al empleo de teniente, y consta que el peticionario percibió el componente singular del complemento específico autorizado por el CECIR para el puesto de trabajo desempeñado por el mismo. Las consecuencias difieren de las que obtiene la parte demandante acerca de la discriminación que ha producido el acto de la Administración, al no aceptarse el término de comparación propuesto para probar la igualdad de situaciones con otros Guardias Civiles destinados en la misma zona conflictiva, ya que no es tanto la similitud en la categoría y de las funciones, sino la identidad en las condiciones particulares de los puestos y del régimen de los servicios en las distintas Comandancias, prueba que le hubiera correspondido aportar al resultar perjudicado por la falta de asignación de ese concepto retributivo de carácter objetivo y singular, íntimamente unido al puesto de trabajo; de ello se deriva que sólo percibirán las retribuciones inherentes al mismo el funcionario con destino en el puesto de trabajo que tenga asignado dicho complemento en el Catálogo de Puestos de Trabajo vigente, pues lo contrario implicaría aceptar el criterio particular del actor sobre el objetivo de la Comisión Interministerial de Retribuciones al asignar el componente singular del complemento específico.

Voces

Comisiones interministeriales

Cuerpos y fuerzas de seguridad

Derecho adquirido

Mala fe