Sentencia Administrativo Nº 953/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,...e Septiembre de 2007
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº 953/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 1789/2003 de 27 de Septiembre de 2007
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 27 de Septiembre de 2007
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: GOMEZ RUIZ, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 953/2007
Nº de recurso: 1789/2003
Núm. Cendoj: 08019330012007101114
Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2007:11234
Resumen
Se rechaza el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, desestimatoria del recurso frente a la valoración realizada por segunda vez en la liquidación administrativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La anulación de un acto administrativo por la propia Administración no significa que se extinga su derecho a retrotraer y volver a liquidar. La jurisprudencia (por todas, sentencia de 9 de mayo de 2003) tiene consolidado el criterio de que en los casos de nulidades de actuaciones, se debe intentar siempre la conservación de actos y trámites cuyo contenido hubiera permanecido si no se hubiera producido la infracción, pudiendo la Administración convalidar los actos en defensa del interés público, salvo que se haya producido la prescripción legal o la nueva actuación resulte también deficiente. En el supuesto enjuiciado, no concurre ninguna de las dos causas (prescripción o reincidencia) impeditivas para la retroacción y consiguiente libramiento de otro acto.
Voces
Indefensión
Retroacción de actuaciones
Falta de motivación
Impuesto sobre sucesiones y donaciones
Procedimiento de comprobación de valores
Anulación de los actos administrativos
Interés publico
Actos anulables
Medios de prueba
Conservación de actos
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