Sentencia Administrativo Nº 953/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,...e Septiembre de 2007
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Última revisión
27/09/2007

Sentencia Administrativo Nº 953/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 1789/2003 de 27 de Septiembre de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 27 de Septiembre de 2007

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: GOMEZ RUIZ, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 953/2007

Nº de recurso: 1789/2003

Núm. Cendoj: 08019330012007101114

Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2007:11234

Resumen
Se rechaza el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, desestimatoria del recurso frente a la valoración realizada por segunda vez en la liquidación administrativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La anulación de un acto administrativo por la propia Administración no significa que se extinga su derecho a retrotraer y volver a liquidar. La jurisprudencia (por todas, sentencia de 9 de mayo de 2003) tiene consolidado el criterio de que en los casos de nulidades de actuaciones, se debe intentar siempre la conservación de actos y trámites cuyo contenido hubiera permanecido si no se hubiera producido la infracción, pudiendo la Administración convalidar los actos en defensa del interés público, salvo que se haya producido la prescripción legal o la nueva actuación resulte también deficiente. En el supuesto enjuiciado, no concurre ninguna de las dos causas (prescripción o reincidencia) impeditivas para la retroacción y consiguiente libramiento de otro acto.

Voces

Indefensión

Retroacción de actuaciones

Falta de motivación

Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Procedimiento de comprobación de valores

Anulación de los actos administrativos

Interés publico

Actos anulables

Medios de prueba

Conservación de actos