Sentencia Administrativo Nº 979/2006, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,...0 de Octubre de 2006
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Sentencia Administrativo Nº 979/2006, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 119/2003 de 10 de Octubre de 2006

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Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Octubre de 2006

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: BERBEROFF AYUDA, DIMITRY TEODORO

Nº de sentencia: 979/2006

Nº de recurso: 119/2003

Núm. Cendoj: 08019330012006100831

Resumen
Se desestima el recurso contencioso administrativo presentado contra una resolución del TEAC de Cataluña, relativa a una solicitud de prórroga para la presentación de una autoliquidación por el Impuesto de Sucesiones, solicitud presentada transcurridos los cinco meses que, como plazo máximo a contar desde el fallecimiento del causante, establece el Reglamento 1629/1991 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Entiende el Tribunal que la ley es taxativa al establecer que el momento del devengo del impuesto es el momento del fallecimiento del causante, y no el día en que se formaliza la Declaración de Herederos Abintestato o se presentan los documentos para la autoliquidación, en que sí que se puede decir que ha nacido el hecho imponible.

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Voces

Impuesto sobre sucesiones y donaciones

Mortis causa

Liquidaciones tributarias

Hecho imponible del impuesto

Inventarios

Intereses de demora

Seguridad jurídica

Inter vivos

Días hábiles

Devengo del Impuesto

Liquidación provisional del impuesto

Silencio administrativo