Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sec...e 12 de Mayo de 2004
Sentencia Administrativo ...yo de 2004

Última revisión
12/05/2004

Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 6, Rec 421/2002 de 12 de Mayo de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 12 de Mayo de 2004

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: ROBLES FERNANDEZ, MARGARITA

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 421/2002

Núm. Cendoj: 28079230062004100381

Núm. Ecli: ES:AN:2004:3361

Resumen
Anula la AN la liquidación girada a la parte actora recurrente en concepto de IVA, pues considerando que el art. 60, 2 RGIT dispone que cuando se trata de actas de conformidad, se entiende producida la liquidación tributaria de acuerdo con la propuesta formulada en el acta si, transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de ésta, no se ha notificado al interesado el acuerdo del inspector-jefe competente por el cual se dicta acto de liquidación rectificando los errores materiales apreciados en la propuesta formulada en el acta, se inicia el expediente administrativo, o bien se deja sin eficacia el acta incoada y se ordena completar las actuaciones practicadas durante un plazo no superior a tres meses, establece que, en el caso de autos, al no haberse procedido en los términos y plazos previstos en dicho precepto, debe entenderse producida la liquidación tributaria de acuerdo con la propuesta formulada en el acta de conformidad, debiendo estarse a la liquidación allí contemplada.

Voces

Acta de conformidad

Acta de conformidad

Impuesto sobre el Valor Añadido

Liquidación provisional del impuesto

Estimación indirecta

Acta de disconformidad

Liquidaciones tributarias

Derivación de responsabilidad

Caducidad

Liquidación girada