Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sec...e 12 de Mayo de 2004
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 6, Rec 421/2002 de 12 de Mayo de 2004
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Mayo de 2004
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: ROBLES FERNANDEZ, MARGARITA
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 421/2002
Núm. Cendoj: 28079230062004100381
Núm. Ecli: ES:AN:2004:3361
Resumen
Anula la AN la liquidación girada a la parte actora recurrente en concepto de IVA, pues considerando que el art. 60, 2 RGIT dispone que cuando se trata de actas de conformidad, se entiende producida la liquidación tributaria de acuerdo con la propuesta formulada en el acta si, transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de ésta, no se ha notificado al interesado el acuerdo del inspector-jefe competente por el cual se dicta acto de liquidación rectificando los errores materiales apreciados en la propuesta formulada en el acta, se inicia el expediente administrativo, o bien se deja sin eficacia el acta incoada y se ordena completar las actuaciones practicadas durante un plazo no superior a tres meses, establece que, en el caso de autos, al no haberse procedido en los términos y plazos previstos en dicho precepto, debe entenderse producida la liquidación tributaria de acuerdo con la propuesta formulada en el acta de conformidad, debiendo estarse a la liquidación allí contemplada.
Voces
Acta de conformidad
Acta de conformidad
Impuesto sobre el Valor Añadido
Liquidación provisional del impuesto
Estimación indirecta
Acta de disconformidad
Liquidaciones tributarias
Derivación de responsabilidad
Caducidad
Liquidación girada
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