Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sec... 18 de Julio de 2005
Sentencia Administrativo ...io de 2005

Última revisión
18/07/2005

Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 39/2003 de 18 de Julio de 2005

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Administrativo

Fecha: 18 de Julio de 2005

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: FERNANDEZ DOZAGARAT, BEGOÑA

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 39/2003

Núm. Cendoj: 28079230072005100399

Resumen
El TSJ confirma la resolución en materia de recaudación. Entiende la Sala que habiendo efectuado la sociedad recurrente el suministro de gasóleo al tipo reducido a un receptor no autorizado, el supuesto es subsumible en el art. 8.6 de la Ley 38/1992, viniendo el expedidor obligado al pago del impuesto. Obligación que se establece con carácter directo y principal, no junto con el destinatario y con carácter subsidiario a éste, y que recae en aquél en tanto no justifique la recepción de los productos por el destinatario facultado para recibirlos. Recayendo la obligación de pago sobre el destinatario facultado a partir de la recepción. Puesto que el suministro se hizo a destinatario no autorizado, el obligado al pago es el expedidor, no el destinatario, no en el concepto de «responsable», sino como sujeto pasivo.

Voces

Tipo reducido

Impuestos especiales

Depósito fiscal

Tipos impositivos

Inspección tributaria

Pago de impuestos

Domicilio fiscal

Aduanas

Intereses de demora

Liquidación de intereses

Impuesto sobre hidrocarburos

Inscripción registral

Autorizaciones administrativas

Prueba documental

Responsabilidad

Potestad reglamentaria

Tipo de interés

Seguridad jurídica