Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci...de Noviembre de 2005
Sentencia Administrativo ...re de 2005

Última revisión
10/11/2005

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 3068/2003 de 10 de Noviembre de 2005

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Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Noviembre de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: ESPIN TEMPLADO, EDUARDO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 3068/2003

Núm. Cendoj: 28079130032005100283

Resumen
Desestima el TS el recurso de la sociedad actora contra la sentencia que rechazó la impugnación de la concesión de la marca denominativa "CARDENAS", habida cuenta la alegación de infracción del art. 12.1.a) de la Ley de marca no logra mostrar ningún error de derecho en la Sentencia recurrida, sino que esconde tan sólo el distinto juicio de la actora respecto a la distintividad de la marca solicitada. Sin embargo, la Sala ha motivado de forma suficiente y razonable que las marcas enfrentadas ("CARDENAS" y "Cadenas") presentan diferencias denominativas y fonéticas que impiden la confusión entre ellas, por lo que no caber revisar dicho juicio fáctico. Y, frente a lo que afirma la recurrente, la Sala no incurre en errores jurídicos, pues en modo alguno requiere una identidad total entre los términos para que pueda darse el riesgo de confusión prohibido por el art. 12 de la Ley de Marcas. Tampoco se advierte ningún manifiesto error de hecho, puesto que si bien el término "CARDENAS" tal como consta en la documentación de solicitud no va acentuado, hay que tener en cuenta que los términos escritos en mayúsculas frecuentemente no se acentúan, lo que ha llevado a la Sala a presumir de manera razonable que la marca será identificada y pronunciada de forma natural como el apellido con el que coincide.

Voces

Oficina Española de Patentes y Marcas

Registro de marcas

Marca prioritaria

Error de derecho

Error de hecho