Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci...4 de Octubre de 2003
Sentencia Administrativo ...re de 2003

Última revisión
14/10/2003

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 4079/1998 de 14 de Octubre de 2003

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Orden: Administrativo

Fecha: 14 de Octubre de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: ESPIN TEMPLADO, EDUARDO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 4079/1998

Núm. Cendoj: 28079130032003100940

Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por entidad mercantil contra sentencia dictada en recurso contencioso-administrativo impugnando denegación de inscripción de marcas. Se desestimó el recurso porque la marca solicitada, pese a consistir en vocablos en inglés, tiene un significado inteligible para el ciudadano medio español e implica un valor de crédito, mérito o capacidad superior respecto de los productos o actividades que se pretenden amparar con la marca. No es posible realizar en casación una valoración de la apreciación de los elementos de hecho realizados en la instancia. El art. 6 del Convenio de París indica que "Toda marca de fábrica o de comercio regularmente registrada en el país de origen será admitida para su depósito y protegida tal cual es en los demás países de la Unión, salvo las condiciones indicadas en el presente artículo. Estos países podrán, antes de proceder al registro definitivo, exigir la presentación de un certificado de registro en el país de origen, expedido por la autoridad competente. No se exigirá legalización alguna para este certificado." Pero estarán exentas de certificado si han llegado las marcas a ser usuales en el lenguaje corriente o en las costumbres leales y constantes del comercio del país donde la protección se reclama.

Voces

Oficina Española de Patentes y Marcas

Mercancías

Venta al por menor

Legalización