Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci...0 de Octubre de 2003
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 489/2001 de 30 de Octubre de 2003
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 30 de Octubre de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GONZALEZ GONZALEZ, CARMEN HILDA
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 489/2001
Núm. Cendoj: 28079130032003100973
Núm. Ecli: ES:TS:2003:6739
Resumen
El T.S. se remite a lo razonado en procedimientos seguidos por las mismas partes y por los mismos motivos, estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Partido Socialista Obrero Español y declarando su derecho a que se le reintegre o compense en la proporción del 50%, con la sola excepción del primero de los que se enumerarán, los bienes situados en las localidades en la sentencia indicadas. Recoge la sentencia que la conclusión que se impone es que no hay impedimento de restitución o compensación a un partido político, aunque haya habido una anterior restitución o compensación en favor de persona distinta bien del reclamante o bien de la persona a él vinculada; esta consecuencia es obligada si se tiene en cuenta que el derecho que nace en favor del partido deriva de la Ley 43/1998 y de su Reglamento, frente al cual no puede oponerse una anterior actividad administrativa, que hay que suponer no era desconocida por el legislador ni por el Gobierno. Es ésta la conclusión a que llega el dictamen del Consejo de Estado de 16 de junio de 2000, que esta Sala comparte, si bien, como es lógico, en estos supuestos lo procedente será la compensación proporcional a la vinculación, con independencia de que la restitución del bien o compensación se haya hecho al primer reclamante. Añade la Sala que, nada impide apreciar la doble vinculación sindical y política del titular del bien incautado, cuando así se demuestre, y quede justificado también el ejercicio en el mismo de actividades sindicales y políticas. En estos casos, salvo que se justifique otra proporción, la restitución o compensación deberá ser al 50% .
Voces
Certificación registral
Prueba de testigos
Fuerza probatoria
Documentos aportados
Declaración del testigo
Inscripción registral
Práctica de la prueba
Silencio administrativo positivo
Voluntad unilateral
Partido político
Inventarios
Mala fe
Declaración Jurada
Actividad administrativa
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