Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci... 14 de Abril de 2005
Sentencia Administrativo ...il de 2005

Última revisión
14/04/2005

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 5640/2002 de 14 de Abril de 2005

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Orden: Administrativo

Fecha: 14 de Abril de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: ESPIN TEMPLADO, EDUARDO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 5640/2002

Núm. Cendoj: 28079130032005100104

Resumen
Estima el TS los motivos aducidos por la entidad recurrente, que alega que la sentencia recurrida ha infringido el art. 12.1.a) Ley de Marcas al no haber procedido a efectuar la comparación entre las marcas enfrentadas atendiendo a la integridad de la marca aspirante apreciada en su conjunto, en base a la jurisprudencia reiterada respecto a la necesidad de proceder a la comparación global y de conjunto de las marcas enfrentadas, atendiendo al impacto que los signos en su totalidad producen en el consumidor medio, sin descomponerlos en sus elementos integrantes de la lectura del fundamento cuarto de la Sentencia impugnada, que se ha reproducido supra, se obtiene la conclusión de que la Sala de instancia, pese a afirmar que "siendo lo verdaderamente decisivo la conformación de conjunto de las marcas en liza-, ha fragmentado la marca aspirante en sus dos elementos integrantes y, minimizando el peso del elemento "-cop" ("resultando francamente accesorio e insustancial el añadido "-cop"), centra la comparación entre el elemento de la marca aspirante que considera relevante "bio-" ("la verdadera fuerza distintiva de la marca impugnada radica precisamente en su encabezamiento "bio-", "no se alcanza a evidenciar una suficiente y trascendente eficacia distintiva, atendido el peso decisivo del encabezamiento "bio-" elegido") y la marca prioritaria. Frente a semejante proceder, la recta aplicación de la doctrina sentada respecto al procedimiento de comparación entre marcas obliga a efectuar tal comparación entre el signo "biocop", en su integridad, y el signo opuesto "bio" y valorar si los signos así comparados pueden llevar a la confusión al usuario medio.

Voces

Marca prioritaria

Oficina Española de Patentes y Marcas

Jurisdicción contencioso-administrativa

Precedentes administrativos

Valoración de la prueba

Cuestiones de fondo