Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci...de Noviembre de 2003
Última revisión
Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 7009/1998 de 28 de Noviembre de 2003
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 28 de Noviembre de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: CAMPOS SANCHEZ-BORDONA, MANUEL
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 7009/1998
Núm. Cendoj: 28079130032003100992
Resumen
El TS desestima el recurso de casación interpuesto por la entidad recurrente. Considera la Sala acertado el rechazo de la utilización, como signo industrial, de un conjunto de dos palabras que, en sí mismo considerado, carece de valor identificativo y puede inducir a confusión a los usuarios de los productos o servicios respectivos haciéndoles creer que tienen el respaldo de una entidad "oficial o estatal". La ausencia del carácter distintivo de la denominación "Caja España", compuesta por un vocablo genérico y el que identifica a la Nación española, y el consiguiente riesgo de confusión, son suficientes para aplicar la prohibición aplicada en el caso de autos. Difícilmente un consumidor podría identificar la procedencia empresarial de los productos o servicios amparados por aquel signo, o distinguir el origen inequívoco de unos y otros, ante una denominación como la que es objeto de debate compuesta de dos vocablos que, si algún origen o procedencia denotan, es justamente el que induce a confusión, pues con facilidad se asociaría a una entidad financiera de ámbito nacional y de naturaleza oficial.
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