Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci... 07 de Junio de 2005
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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 241/2004 de 07 de Junio de 2005
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 07 de Junio de 2005
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: HERRERO PINA, OCTAVIO JUAN
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 241/2004
Núm. Cendoj: 28079130042005100296
Resumen
Confirma el TS la sentencia que da lugar a la reclamación formulada por la actora contra la adjudicación de un concurso de transporte escolar, habida cuenta que presentado el escrito de interposición del recurso el 20 de abril de 2004, la única referencia a la solicitud de las certificaciones de las sentencias de contraste son sendos escritos del Abogado del Estado en Asturias, de fecha de salida 19 y 20 de abril de 2004, dirigidos al Abogado del Estado Jefe de la Abogacía del Estado de este TS, instando la solicitud de tales certificaciones de la Sala Tercera, que se produjo posteriormente, constando únicamente la solicitud a la Sala de certificación de la sentencia de 18 de mayo de 1982 formulada el 21 de abril de 2004 y remitida por escrito del Abogado del Estado en Asturias a la Sala de instancia en esa misma fecha, es decir, después de la presentación del escrito de interposición del recurso y, claro está, fuera del plazo de interposición del mismo, por lo que el recurso debió declararse inadmisible. Asimismo, falta de justificación de las referidas identidades de sujetos, fundamentos y pretensiones, aspectos sobre cuya concurrencia ni siquiera se formula alegación alguna en el escrito de interposición, de manera que lo que en realidad se está planteando es una revisión de la doctrina aplicada en la sentencia por entender que es contraria a la seguida en las sentencias de contraste, plateando así una situación equivalente a la casación ordinaria por infracción de la jurisprudencia, al margen de las identidades exigidas en el recurso de casación para la unificación de doctrina, que como se ha señalado antes no es un medio de eludir la inimpugnabilidad de la sentencia en casación ordinaria.
Voces
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Vencimiento del plazo
Seguridad jurídica
Honorario profesional del abogado
Transporte escolar
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