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Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 481/2001 de 10 de Febrero de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Febrero de 2004

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTI GARCIA, ANTONIO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 481/2001

Núm. Cendoj: 28079130042004100052

Resumen
El TS declara la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo, interpuesto por la Comunidad Autónoma recurrente contra el RD 174/2001 de 23 de febrero, que aprueba los Estatutos Generales de los Colegios Profesionales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. Manifiesta la Sala que si la Comunidad Autónoma recurrente, recibe el 25 de mayo de 2001, la contestación del Gobierno al requerimiento que le había hecho el 4 de mayo de 2001, es claro, que el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo comienza a correr a partir de tal notificación y concluye a los dos meses siguientes, conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley de la Jurisdicción, en el caso de autos el 26 de julio de 2001, esto es a los dos meses siguientes contados a partir del día siguiente a la fecha de la notificación. Y a lo anterior en nada obsta, la alegación de la parte recurrente sobre que la comunicación se hace por medio de escrito firmado por el Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, pues lo que trasmite el citado escrito es la decisión del Gobierno a quien iba dirigido el requerimiento practicado y por tanto se ha de entender contestado el requerimiento de forma expresa. Y aunque no se hubiera declarado inadmisible el recurso contencioso administrativo también hubiera procedido declarar su inadmisión.

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