Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci... 22 de Abril de 2003
Sentencia Administrativo ...il de 2003

Última revisión
22/04/2003

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 5424/2000 de 22 de Abril de 2003

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Orden: Administrativo

Fecha: 22 de Abril de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GARZON HERRERO, MANUEL VICENTE

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 5424/2000

Núm. Cendoj: 28079130052003100064

Núm. Ecli: ES:TS:2003:2789

Resumen
El TS estima el recurso de casación interpuesto por la Asociación Ecologista recurrente. Manifiesta la Sala que el Reglamento de Vías Pecuarias, Decreto 2876/78 de 3 de Noviembre, es verdad que en sus artículos 60 y 61 contempla ocupaciones temporales que, mediante concesión, pueden llegar a tener una duración de 99 años en la regulación del artículo 61. Es palmario que la ocupación temporal ha de instrumentarse mediante el mecanismo de la concesión, lo que en el supuesto analizado no se ha hecho. Si la cobertura se pretendiera con fundamento en el artículo 60 es evidente que el contenido del mismo, no consiente una autorización con un lapso temporal de 24 años, que es el que aquí se ha dado. En cualquier caso, el espíritu de la legislación vigente en 1994, era el de conservación y mantenimiento del uso de las vías pecuarias, por regla general, de modo exclusivo. Ello no impedía otros usos, siempre que fueren compatibles, con la finalidad esencial de la vía pecuaria. Lo que no era posible con aquella legislación era una ocupación temporal incompatible con la finalidad y el uso propio de la vía pecuaria. Esta incompatibilidad no desaparece por el hecho de que la resolución autorizatoria afirme que el uso del terreno como vial es compatible con el uso como cañada.

Voces

Vías pecuarias

Falta de motivación

Ocupaciones temporales

Motivación de las sentencias

Escrito de interposición

Trámite de información pública

Pleno del Ayuntamiento

Defecto subsanable

Suelo urbano

Suelo no urbanizable