Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci...e 15 de Mayo de 2003
Sentencia Administrativo ...yo de 2003

Última revisión
15/05/2003

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 2079/1999 de 15 de Mayo de 2003

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Orden: Administrativo

Fecha: 15 de Mayo de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MAURANDI GUILLEN, NICOLAS ANTONIO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 2079/1999

Núm. Cendoj: 28079130072003100223

Resumen
El TS confirma en casación la sentencia de instancia que anulaba el acuerdo municipal que denegó convocatoria de Pleno para debatir la moción de censura que fue presentada por los concejales demandantes, pues con ello se estaba vulnerando el derecho fundamental previsto en el art. 23 de la CE. Y es que es correcto el criterio de la sentencia recurrida de que resultando innecesaria la motivación del escrito de proposición de la moción de censura resulta innecesaria la prueba dirigida a acreditar ese extremo, por lo que su denegación no puede considerarse incorrecta ni causante de indefensión.

Voces

Expropiación especial

Corporaciones locales

Ciudadanos

Régimen electoral general

Indefensión

Responsabilidad

Acuerdo municipal