Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci... 19 de Julio de 2004
Sentencia Administrativo ...io de 2004

Última revisión
19/07/2004

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 4172/1999 de 19 de Julio de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 19 de Julio de 2004

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MURILLO DE LA CUEVA, PABLO MARIA LUCAS

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 4172/1999

Núm. Cendoj: 28079130072004100483

Resumen
El TS desestima el recurso de casación, interpuesto por la Comunidad Foral recurrente, contra la sentencia que estimando el recurso contencioso-administrativo, anula la Resolución de la Administración autonómica impugnada, ordenando el archivo del expediente iniciado y declara el derecho de la mercantil actora a ser indemnizado por los perjuicios causados por las medidas cautelares en ésta última acordadas conforme a lo que se acredite en ejecución de sentencia. Entiende la Sala que la Sentencia recurrida no es incongruente pues, vistos los términos en los que se planteó el proceso, no era imprescindible que se hiciera eco de los argumentos que la Comunidad Foral adujo en la contestación a la demanda sobre la inexistencia de perjuicios y sobre la naturaleza de las medidas provisionales impuestas por la resolución. Así, la Sala de instancia falla considerando caducado el procedimiento y sin efecto ex tunc las medidas en cuestión. Que su puesta en práctica ha de incidir en la mercantil, es evidente, dado que suponían la contratación de nuevo personal, la suspensión de la actualización del módulo económico de internado para 1994, además de la constitución de un Consejo de Participación. Ciertamente, la Comunidad Foral dice que lo primero era una obligación de la empresa y lo segundo no tenía que suponer necesariamente el incremento del módulo en cuestión, mientras que la mercantil aduce lo contrario y subraya la satisfacción de los ingresados en el Centro "Infanta Elena" por el trato que reciben. Ahora bien, estas son cuestiones que tienen que ver con el cumplimiento del concierto y la Sala no entra en ello porque lo que se le ha planteado es si el expediente ha caducado o no. Por tanto, una vez resuelto que, efectivamente, caducó, tales medidas, cuyos efectos son manifiestos, quedan sin sustento y la consecuencia obligada es el reconocimiento del derecho de la mercantil a ser resarcida de los menoscabos económicos causados por las mismas, cuya magnitud se precisará en la ejecución de la Sentencia.

Voces

Caducidad

Medidas provisionales

Actuación administrativa

Ex tunc

Anulación de la sentencia

Procedimiento sancionador

Incongruencia omisiva

Ejecución de sentencia

Daños y perjuicios

Seguridad jurídica

Responsabilidad