Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Secci...de Noviembre de 2005
Sentencia Administrativo ...re de 2005

Última revisión
23/11/2005

Sentencia Administrativo Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 18/2003 de 23 de Noviembre de 2005

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Orden: Administrativo

Fecha: 23 de Noviembre de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FERNANDEZ VALVERDE, RAFAEL

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 18/2003

Núm. Cendoj: 28079130052005101202

Núm. Ecli: ES:TS:2005:8013

Resumen
Estima el TS la cuestión de ilegalidad que ha planteado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, declarando la nulidad de pleno derecho del inciso primero del apartado 1º del art. 29 del Reglamento sobre la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por RD 7/2001, de 12 de enero, así como el apartado c) del mencionado apartado 1º; 2º. Los apartados 2 y 3 del mismo artículo en cuanto no contienen el trámite del archivo obligatorio de las actuaciones administrativo-sancionadoras, una vez producida una condena penal por los mismos hechos.Entre otras consideraciones, advierte la Sala que la norma reglamentaria, 74, en su apartado 2, RDL 334/1990 de 2 de Marzo en la redacción dada por la ley 19/2001 de 19 de Diciembre, carece de un mandato determinante de archivo de las actuaciones administrativo- sancionadoras, como impone la norma de rango legal prevalente. En términos similares se expresa el art. 5 del citado Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora que dispone que "el órgano competente resolverá la no exigencia de responsabilidad administrativa en cualquier momento de la instrucción de los procedimientos sancionadores en que quede acreditado que ha recaído sanción penal o administrativa sobre los mismos hechos, siempre que concurra, además, identidad de sujeto y fundamento". En consecuencia, la norma reglamentaria (9.2 del Reglamento sobre la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por RD 7/2001, de 12 de enero) resulta ilegal en cuanto no impone, con el carácter de obligatorio, el trámite del archivo de las actuaciones una vez producida una condena penal por los mismos hechos.

Voces

Circulación de vehículos

Potestad sancionadora

Daños y perjuicios

Sanciones pecuniarias

Archivo de actuaciones

Cuestión de ilegalidad

Cuestión de inconstitucionalidad

Motocicletas

Responsabilidad administrativa

Actuación administrativa

Sentencia de condena

Procedimiento administrativo sancionador

Procedimiento sancionador

Nulidad de pleno derecho

Interés publico