Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Re... 26 de Junio de 2013
Sentencia Administrativo ...io de 2013

Última revisión
02/08/2013

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 451/2011 de 26 de Junio de 2013

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Orden: Administrativo

Fecha: 26 de Junio de 2013

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GARZON HERRERO, MANUEL VICENTE

Nº de recurso: 451/2011

Núm. Cendoj: 28079130022013100814

Núm. Ecli: ES:TS:2013:3917

Núm. Roj: STS 3917/2013

Resumen
Impuesto sobre Sociedades. Consideración por parte del órgano de inspección como ingreso de un gasto (la compra de inmuebles) en base a divergencias en los criterios contables, infringiendo el artículo 67.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El problema debatido en casación queda circunscrito a la liquidación tributaria que debe efectuarse acerca de si los bienes generadores del litigio son 'mercancías' y no 'inmovilizado' que es lo afirmado por el sujeto pasivo y si han de imputarse a los ejercicios que la inspección establece. Estas dos cuestiones, 'naturaleza de los bienes' y ejercicio en el que deba considerarse que se integra el activo han de considerarse las dos cuestiones a resolver. El Tribunal falla el recurso en el siguiente sentido: ”Se trata de resolver sobre la adecuada contabilización de operaciones comerciales incorrectamente anotadas. Ha de tenerse presente, además, un presupuesto, referente a la actuación administrativa. No existe dato alguno en el expediente que permita inferir una actuación reprochable en términos de culpabilidad del sujeto pasivo. Desde este presupuesto es evidente que la corrección efectuada por la Inspección ha de comportar la de las partidas que hayan de resultar necesariamente afectadas. Es decir, la anulación de la partida 'activo inmovilizado' provoca el incremento del activo 'mercancías' con incidencia en los resultados del ejercicio, y esto debe reflejarse en la regularización que se efectúe. Hacer las cosas de otra manera, implica no reflejar contablemente de modo correcto las salidas y entradas del circulante, lo que en definitiva supone gravar una capacidad de pago inexistente, lo que está vedado por el artículo 31.1 de la Constitución”.

Voces

Período impositivo

Imputación temporal

Mercancías

Impuesto sobre sociedades

Gastos imputados en la cuenta de pérdidas y ganancias

Principios contables

Criterios contables

Cuenta de pérdidas y ganancias

Jurisdicción contencioso-administrativa

Liquidaciones tributarias

Imputación de gastos

Elementos patrimoniales

Imputación de ingresos y gastos

Determinación de la base imponible

Ejercicio posterior

Anotaciones contables

Valoración de existencias

Base imponible positiva

Diferimiento

Actuación administrativa