Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Re...4 de Octubre de 2013
Sentencia Administrativo ...re de 2013

Última revisión
22/11/2013

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 4609/2011 de 24 de Octubre de 2013

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Orden: Administrativo

Fecha: 24 de Octubre de 2013

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTIN TIMON, MANUEL

Nº de recurso: 4609/2011

Núm. Cendoj: 28079130022013100966

Núm. Ecli: ES:TS:2013:5345

Núm. Roj: STS 5345/2013

Resumen
Recurso de casación contra resolución de la Junta Administrativa de Alava, desestimatoria de reclamación confirmatoria de liquidación del Impuesto de Sociedades de ejercicio 2004. El expediente inspector se inició como consecuencia de que la entidad, en la declaración del Impuesto de Sociedades del ejercicio de 2004, en el que llevó a cabo la venta de un solar, con precio aplazado, declaró como actividad principal la de 'Promoción, epígrafe 700.000 del IAE', número de trabajadores 0, régimen fiscal de 'sociedad patrimonial', y, por tanto aplicando el tipo del 15% a la base imponible especial resultante de la ganancia patrimonial. La sentencia confirma el criterio administrativo de considerar aplicable el régimen general, por ejercicio de la actividad económica de 'promoción'; igualmente, confirma la sanción impuesta al entender que existió una 'interpretación interesada' de las normas aplicables por parte de la entidad recurrente. Se formulan tres motivos de casación que se abarcan todas las cuestiones debatidas en la vía administrativa y en la judicial : 1º) En el primero se defiende el carácter patrimonial de la entidad con base a no disponer de local para el ejercicio de la actividad económica ni tener una persona empleada con contrato laboral y jornada completa; 2º) en el segundo, se impugna la sentencia, por cuanto ésta entendió que se había optado por el régimen de devengo, siendo así que éste exige la opción del sujeto pasivo, que en el presente caso no pudo ejercitarse, al aplicar el régimen de sociedades patrimoniales; 3º) en el tercero se impugna la confirmación que la sentencia hace de la sanción impuesta, al entender la recurrente que actuó en interpretación razonable de la norma y siguiendo criterios manifestados por la Administración Tributaria (se invocan resoluciones de consulta de la Dirección General de Tributos)

Voces

Actividades económicas

Actividades empresariales

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Impuesto sobre sociedades

Valoración de la prueba

Imputación temporal

Modelo 564. Impuesto sobre Hidrocarburos

Arrendatario

Declaraciones-autoliquidaciones

Arrendamiento de bienes inmuebles

Infracciones tributarias

Impuesto sobre Actividades Económicas

Elementos patrimoniales

Activos inmobiliarios

Voluntad

Bienes inmuebles

Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas

Ruina

Régimen criterio de caja

Inmovilizado material

Actividades empresariales y profesionales

Arrendador

Jurisdicción contencioso-administrativa

Liquidaciones tributarias

Rendimientos íntegros