Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Re...7 de Octubre de 2010
Última revisión
Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 481/2008 de 07 de Octubre de 2010
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 07 de Octubre de 2010
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: PERELLO DOMENECH, MARIA ISABEL
Nº de recurso: 481/2008
Núm. Cendoj: 28079130032010100304
Núm. Ecli: ES:TS:2010:5222
Resumen
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación presunta por el Consejo de Ministros de la solicitud de revisión de oficio de las Ordenes Ministeriales por las que se reconocieron los títulos expedidos en el Reino Unido para el ejercicio en España de la profesión de Arquitecto Técnico. La Sala declara que para apreciar el vicio al que se refiere la letra f) del artículo 62.1 de la Ley 30/1992, no basta con que se denuncie una vulneración objetiva de las normas reglamentarias aplicables; se requiere, precisamente, atribuir al titular del derecho o de la facultad la carencia de un requisito esencial. Y, dada la cautela con la que debe afrontarse la revisión de oficio (que, por dirigirse contra actos ya firmes, perturba en cierto modo la seguridad jurídica y la posición de quien resultó beneficiado por el acto contra el que nadie interpuso un recurso temporáneo), no es posible interpretar en el sentido que lo hace la recurrente el concepto de "requisito esencial" para la adquisición del derecho o de la facultad. No todos los requisitos necesarios para ser titular de un derecho pueden reputarse "esenciales": tan sólo los más significativos y directa e indisociablemente ligados a la naturaleza misma de aquél. En otro caso, se propiciaría la desvirtuación de este motivo extraordinario de invalidez absoluta, que vendría a parificarse en la práctica con los motivos de anulabilidad.
Voces
Colegiación
Arquitecto técnico
Revisión de oficio
Desestimación presunta
Silencio administrativo
Nulidad de pleno derecho
Seguridad jurídica
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