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Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 3, Rec 52/2009 de 28 de Septiembre de 2010

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Orden: Administrativo

Fecha: 28 de Septiembre de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BANDRES SANCHEZ-CRUZAT, JOSE MANUEL

Nº de recurso: 52/2009

Núm. Cendoj: 28079130032010100283

Núm. Ecli: ES:TS:2010:4783

Resumen
Se declara la inadmisibilidad del recurso de casación en interés de la Ley interpuesto contra sentencia estimatoria del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Barcelona, sobre impugnación de sanción por realizar ventas a pérdida. La Sala declara que no se cumple en el caso el presupuesto establecido en el artículo 100.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de que la doctrina legal que se propugne se suscite en relación con «la correcta interpretación y aplicación de normas emanadas del Estado que hayan sido determinantes del fallo recurrido», puesto que la decisión de anular la sanción impuesta por la Dirección General de Comercio del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, se fundamenta en la apreciación de que no había incurrido la mercantil sancionada en la realización de ventas a pérdida, atendiendo al pacto de reposición de los productos vendidos, suscrito con el proveedor, exponiendo la tesis sobre la interpretación integradora del artículo 14 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista , con el artículo 17 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal , «a mayor abundamiento», como «obiter dicta», dando respuesta a una cuestión no controvertida ni debatida en el proceso de instancia.  

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Voces

Jurisdicción contencioso-administrativa

Interés legitimo

Proveedores

Representación procesal

Precio de venta

Escrito de interposición