Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Re...de Diciembre de 2010
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Última revisión
14/12/2010

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 1133/2008 de 14 de Diciembre de 2010

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Orden: Administrativo

Fecha: 14 de Diciembre de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DIAZ DELGADO, JOSE

Nº de recurso: 1133/2008

Núm. Cendoj: 28079130072010100431

Núm. Ecli: ES:TS:2010:6959

Resumen
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra sentencia estiamtoria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre impugnación de resultado de pruebas selectivas. La Sala declara que donde realmente se ha producido el trato discriminatorio entre opositores no está, como sostiene la Abogacía del Estado, entre los que recurrieron en amparo y los que no lo hicieron, sino en el hecho constatado de que la Administración, en su momento, lo único que hizo fue proceder a revisar los exámenes de aquellos opositores que habían recurrido en reposición la inicial lista de los aprobados que figuraban en la Resolución de 7 de septiembre de 1992, pero sin que a estos últimos, entre los que se encontraba la actora de este proceso judicial, les fuera revisado su examen, con lo que en la práctica se dio un doble criterio de valoración. Y conforme a la prueba pericial practicada que adaptó al nuevo criterio de valoración, resulta que de la relación de preguntas acertadas, no acertadas y dejadas en blanco por la opositora-actora en este proceso, habría aprobado y figuraba en la lista de aprobados que fue confeccionada como Anexo a dicho informe pericial.

Voces

Actuación administrativa

Revisión de oficio

Principio de igualdad

Jurisdicción contencioso-administrativa

Prueba pericial

Expropiación especial

Protección de los derechos fundamentales

Oposiciones

Cargos públicos

Funcionarios públicos

Informes periciales

Buena fe

Actos firmes

Seguridad jurídica

Nulidad de pleno derecho

Nulidad de los actos administrativos