Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Re...3 de Febrero de 2003
Sentencia Administrativo ...ro de 2003

Última revisión
03/02/2003

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 162/2000 de 03 de Febrero de 2003

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Orden: Administrativo

Fecha: 03 de Febrero de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GODED MIRANDA, MANUEL

Nº de recurso: 162/2000

Núm. Cendoj: 28079130072003101013

Núm. Ecli: ES:TS:2003:8591

Resumen
Las alegaciones de Euskal Herritarrok sobre la nulidad de los acuerdos impugnados por manifiesta falta de competencia, haberse prescindido del procedimiento de revocación de actos declarativos de derechos e infracción del principio de seguridad jurídica, no pueden ser examinadas en este procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, cuyo ámbito se encuentra restringido, según reiterada jurisprudencia, a conocer de la conculcación de los derechos comprendidos en los artículos 14 a 29 de la Constitución (y de la objeción de conciencia en lo que pudiera subsistir), quedando los problemas de pura legalidad reservados para el proceso ordinario (sentencias de 18 y 26 de marzo de 1.991, 27 de febrero y 14 de diciembre de 1.992 entre otras muchas).

Voces

Abstención

Derecho de igualdad

Régimen electoral general

Expropiación especial

Protección de los derechos fundamentales

Actos declarativos de derechos

Seguridad jurídica

Recurso de nulidad

Incompetencia manifiesta

Entes públicos

Campaña electoral

Falta de competencia

Principio de igualdad

Objeción de conciencia

Sistema electoral