Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Re...6 de Octubre de 2010
Sentencia Administrativo ...re de 2010

Última revisión
06/10/2010

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 7, Rec 482/2008 de 06 de Octubre de 2010

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Administrativo

Fecha: 06 de Octubre de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MAURANDI GUILLEN, NICOLAS ANTONIO

Nº de recurso: 482/2008

Núm. Cendoj: 28079130072010100341

Núm. Ecli: ES:TS:2010:5719

Resumen
Se declara no haber lugar al recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Ayuntamiento contra sentencia estimatoria de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, sobre impugnación de inadmisión a trámite de recurso contencioso administrativo interpuesto por el Abogado del Estado contra relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento recurrente. La Sala declara que conduciendo la interpretación literal de los preceptos que son objeto de polémica al resultado ilógico que la Abogacía del Estado destacó en la casación 7415/2002, ese criterio estrictamente gramatical resulta insuficiente y hace necesario acudir, como hace la sentencia recurrida, a esa otra interpretación teleológica (permitida por el artículo 3.1 del Código civil ) que tiene en cuenta que la finalidad de la información cuya ampliación permite la ley es que la Administración del Estado o la Comunidad Autónoma puedan constatar si hay razones para decidir la ilegalidad del acto municipal, y que tal constatación es necesaria para cualquier de las dos modalidades de impugnación que permite utilizar el ordenamiento jurídico.

Voces

Administración local

Pleno del Ayuntamiento

Acuerdo municipal

Días hábiles

Jurisdicción contencioso-administrativa

Plazos de interposición del recurso

Relación de puestos de trabajo

Subsanación de errores

Escrito de interposición

Acto municipal

Dies a quo

Corporaciones locales

Efecto suspensivo

Principio de igualdad

Expropiación especial