Sentencia Administrativo Nº 1012/2006, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña...8 de Octubre de 2006
Sentencia Administrativo ...re de 2006

Última revisión
18/10/2006

Sentencia Administrativo Nº 1012/2006, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 997/2002 de 18 de Octubre de 2006

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Orden: Administrativo

Fecha: 18 de Octubre de 2006

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: FERNANDEZ DE BENITO, MARIA JESUS EMILIA

Nº de sentencia: 1012/2006

Nº de recurso: 997/2002

Núm. Cendoj: 08019330012006101265

Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2006:12686

Resumen
Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, sobre obligación de retener en concepto de IRPF. Considera el Ayuntamiento recurrente que no puede ser repercutida a la entidad pagadora, que pertenece al sector público, la diferencia de la cuota que habría de haber sido realmente retenida, ya que el responsable de la deuda tributaria es el contribuyente. Respecto a la obligación de retener, el artículo 82 de la Ley 40/1998, establece la obligación de toda persona jurídica (incluidas las pertenecientes al sector público) de retener e ingresar a cuenta las cantidades que correspondan. El Ayuntamiento, como pagador de salarios por el trabajo personal de sus funcionarios, interinos y personal laboral, no actúa como sustituto del contribuyente ni como responsable subsidiario, sino como retenedor de las cantidades a ingresar.

Voces

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Obligación de retener

Rendimientos del trabajo

Liquidación provisional del impuesto

Deuda tributaria

Inspección tributaria

Retenciones e ingresos a cuenta

Actividades profesionales

Acta de disconformidad

Obligado tributario

Cuota líquida

Personal laboral

Sujeto pasivo sustituto

Funcionarios públicos

Fraude fiscal

Jurisdicción contencioso-administrativa